Título TÍTULO III
Art. 22
22 / 30En vigor desde 9 mar 2007
1. Los centros superiores de enseñanzas artísticas podrán desarrollar, en el marco de la programación establecida por el Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana, fórmulas de colaboración con las universidades del ámbito territorial valenciano, y de otros ámbitos geográficos, para los estudios de enseñanzas artísticas superiores, que serán convenidas con éstas por el Instituto.
2. Asimismo, fomentarán convenios con las universidades para la organización de estudios de doctorado propios de las enseñanzas artísticas.
3. Los centros superiores de enseñanzas artísticas fomentarán programas de investigación en el ámbito de las disciplinas que les sean propias.
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Proeli/es-vc/l/2007/03/02/8#art-22