Art. 16
Título TÍTULO II

Art. 16

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En vigor desde 9 mar 2007
Los centros superiores de enseñanzas artísticas de titularidad de La Generalitat y las enseñanzas artísticas superiores que imparten, y sus medios humanos, tanto docentes como de administración y servicios, así como los medios materiales, quedan integrados orgánica y funcionalmente en el Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana.
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