Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 27
27 / 101En vigor desde 12 jul 2007
1. Los sistemas de selección para el acceso a las diferentes categorías del Cuerpo de la Policía de Galicia se regirán por las bases de la respectiva convocatoria, que habrá de ajustarse a los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito y capacidad, así como al de publicidad del proceso selectivo.
2. Las convocatorias se publicarán en el Diario Oficial de Galicia y vinculan a la administración, a los tribunales que evalúen las pruebas selectivas y a quienes tomen parte en las mismas.
3. Las pruebas selectivas para ingresar en las escalas y categorías del Cuerpo de Policía de Galicia serán de carácter teórico-práctico e incluirán pruebas de capacidad física, psicotécnicas, médicas y de conocimientos, tanto generales como específicos, en materias relacionadas con el ejercicio profesional, así como la demostración del conocimiento de la lengua gallega.
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Proeli/es-ga/l/2007/06/13/8#art-27