Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 19 ene 2007
La sociedad cooperativa especial es un empresario social con personalidad jurídica propia constituido para la satisfacción de las necesidades económicas de sus socios, quienes tienen las obligaciones esenciales de aportar capital social y realizar actividad cooperativizada y el derecho esencial de participar en la gestión de los asuntos sociales.
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eli/es-ex/l/2006/12/23/8#art-1