Art. 34
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 34

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En vigor desde 23 jun 2006
La Intervención General de las Illes Balears efectuará el control financiero ordinario del Consorcio de Transportes de Mallorca, mediante auditoría anual y en los términos establecidos en el Decreto Legislativo 1/2005 y en sus disposiciones complementarias.
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