Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 52En vigor desde 19 oct 2021
La presente ley tiene por objeto promover, fomentar y ordenar la participación solidaria de los ciudadanos en las actividades organizadas de voluntariado, y regular las relaciones que, con respecto a dichas actividades, puedan establecerse entre las personas voluntarias, las entidades de voluntariado inscritas en el Registro Regional de Entidades de Voluntariado de Castilla y León, los destinatarios de la acción voluntaria y las Administraciones públicas de Castilla y León.
Igualmente es objeto de esta ley determinar en el territorio de Castilla y León las funciones de las Administraciones públicas de la Comunidad de Castilla y León, en el ámbito de sus respectivas competencias y la cooperación entre ellas.
Se modifica por la disposición final 1.1 de la Ley 5/2021, de 14 de septiembre. Ref. BOE-A-2021-16411#df-1
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2006/10/10/8#art-1