Art. 17
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 17

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En vigor desde 16 jul 2005
El Fondo para la protección, gestión y ordenación del paisaje tiene por objeto fomentar la realización de actuaciones paisajísticas que tengan como finalidades las establecidas por el artículo 8.
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eli/es-ct/l/2005/06/08/8#art-17