Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 43
43 / 52En vigor desde 12 ene 2006
El procedimiento para la imposición de las sanciones previstas en la presente Ley se ajustará a lo dispuesto en las normas estatales y de la Comunidad Autónoma de La Rioja que regulan el procedimiento administrativo sancionador.
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Proeli/es-ri/l/2005/06/30/8#art-43