Título TÍTULO IV
Art. Disposición final segunda
40 / 40En vigor desde 4 ago 2006
La presente Ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (B.O.R.M.).
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Proeli/es-mc/l/2005/12/14/8#disposicion-final-segunda