Art. Disposición adicional primera

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 1 ene 2005
La Ley 1/1990, del 8 de enero, sobre la disciplina del mercado y de defensa de los consumidores y de los usuarios, es aplicable con carácter supletorio a la presente Ley en todo lo que no regula expresamente este texto.
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