Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 64
75 / 113En vigor desde 21 abr 2005
La presente Ley en los aspectos que regulan el régimen sancionador tiene por objeto garantizar en todo el territorio de la Comunidad Valenciana:
a) El cumplimiento de las normas reguladoras de las viviendas con protección pública.
b) El cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación aplicable para la obtención de financiación protegida con destino a la promoción, adquisición, uso o rehabilitación de viviendas, independientemente del régimen al que pertenezcan.
c) El cumplimiento de las obligaciones establecidas por esta Ley en materia de fianzas de arrendamientos urbanos.
Todo ello a través de la tipificación de infracciones y regulación de un sistema de sanciones recogidas en esta norma.
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Proeli/es-vc/l/2004/10/20/8#art-64