Art. 26
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 26

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En vigor desde 29 dic 2004
Se fomentará en las empresas industriales del País Vasco una cultura competitiva internacional que impulse la adaptación estructural de las empresas y sectores industriales a las exigencias del mercado y a su proyección internacional. A estos efectos, se tendrán en cuenta los siguientes objetivos: a) La promoción del comercio exterior. b) El apoyo a la implantación de empresas vascas en el exterior, tanto en la creación de empresas mixtas o proyectos individuales como en la participación en proyectos ya existentes. c) La promoción de acuerdos de colaboración entre empresas vascas y extranjeras. d) La promoción de instrumentos de financiación y medidas de apoyo para las empresas que tengan por objeto la exportación. e) La coordinación de las instituciones que operen en el área de la internacionalización.
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