Art. Disposición final segunda
Título TÍTULO VII

Art. Disposición final segunda

57 / 57
En vigor desde 14 may 2003
La presente Ley entrará en vigor al mes siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cl/l/2003/04/08/8#disposicion-final-segunda