Art. 84
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO VII

Art. 84

87 / 140
En vigor desde 27 abr 2003
A la cooperativa le serán de aplicación los procedimientos concursales previstos en la legislación concursal estatal.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2003/03/24/8#art-84