Art. 96
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO I

Art. 96

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En vigor desde 15 may 2003
Las tasas establecidas en este título se regirán por esta ley y por las demás fuentes normativas que para las tasas se establecen en el artículo 9 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.
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