Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO ÚNICO›Secc. Sección 3.ª De las ayudas
Art. 52
52 / 68En vigor desde 12 dic 2002
Reglamentariamente se establecerán incentivos económicos tendentes a la permuta voluntaria de fincas para adecuar las estructuras productivas de las explotaciones agrarias a dimensiones mayores.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2002/12/05/8#art-52