Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 36
36 / 68En vigor desde 12 dic 2002
1. Las actuaciones directas deberán ser recogidas en planes de obras aprobados por orden de la conselleria competente en materia de agricultura.
Las obras de interés general de la comunidad incluidas en dichos planes podrán ser proyectadas, realizadas y sufragadas íntegramente por la propia conselleria.
2. Los planes para la modernización de los regadíos contendrán necesariamente:
a) Características generales de superficies y población de la zona de actuación y su entorno comarcal.
b) Plano general de la zona objeto de estudio y su entorno comarcal.
c) Subdivisión de la misma en sectores con independencia hidráulica, que abarcarán porciones de superficie servidas para el riego, al menos por un elemento de la red principal.
d) Características de las aguas de riego a utilizar ya sean subterráneas, superficiales, residuales, o desalinizadas indicando en cada caso los caudales utilizables en base a sus concesiones administrativas o de posible concesión.
e) Comunidades de riego u otro tipo de entes que integren la totalidad de la superficie de riego, con indicación de superficies y número de agricultores que integran cada una de ellas.
f) Enumeración, descripción y justificación de las obras necesarias para la modernización de la zona de riego, con indicación de las que son auxiliables y las de interés general de la Comunidad Valenciana.
g) Presupuesto orientativo del coste de los distintos elementos necesarios para la modernización propuesta.
3. Los planes de obras y mejoras territoriales de otras zonas de actuación contendrán:
a) Los términos municipales que la integran, con indicación de superficies y número de habitantes.
b) Planos generales de la zona objeto de estudio con su delimitación.
c) Planos de las zonas de actuación en obras.
d) En su caso, programa de mejoras de las entidades agrarias para el cultivo o explotación en común.
e) Obras, servicios y actuaciones que hayan de realizarse a expensas de la administración.
f) Valoración aproximada de las obras a realizar por la administración agraria.
4. Los planes de obras podrán dividirse en dos o más partes si la naturaleza de la actuación y la coordinación de los trabajos lo aconsejan.
5. Las obras declaradas de interés general de la Comunidad Valenciana e incluidas en plan de obras no precisarán para su ejecución de licencia municipal de obras, con independencia de información a los municipios afectados.
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Proeli/es-vc/l/2002/12/05/8#art-36