Art. 22
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Procedimiento de concentración. Normas generales

Art. 22

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En vigor desde 12 dic 2002
Redactado el proyecto de obras y mejoras territoriales se dará comunicación o traslado del proyecto de concentración a la conselleria competente en materia de medio ambiente a los efectos de la correspondiente evaluación de impacto ambiental, de acuerdo con la legislación sobre medidas medioambientales.
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eli/es-vc/l/2002/12/05/8#art-22