Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria sexta
53 / 56En vigor desde 2 jul 2002
1. Los municipios que con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley tengan Policías con nombramiento interino podrán hacer uso, por una sola vez, del procedimiento de concurso-oposición, por turno libre, excusándoles de los requisitos de la edad y de la estatura.
2. Esta posibilidad solo podrá ejercitarse dentro del período de dos años, contados desde la entrada en vigor de la presente Ley.
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Proeli/es-cm/l/2002/05/23/8#disposicion-transitoria-sexta