Art. 39
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. 39

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En vigor desde 2 jul 2002
Además de los cursos selectivos, la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha organizará cursos específicos para Vigilantes Municipales adecuados a las peculiaridades de sus funciones. En el ejercicio de la competencia autonómica en materia de coordinación, la Consejería de Administraciones Públicas determinará el contenido de los referidos cursos, previo informe de la Comisión de Coordinación de Policías Locales.
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