Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición final segunda
66 / 66En vigor desde 24 dic 2002
La presente Ley entrará en vigor una vez transcurridos dos meses desde su publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias».
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Proeli/es-as/l/2002/10/21/8#disposicion-final-segunda