Capítulo CAPÍTULO VII›Secc. Sección 3.ª Régimen de recursos
Art. Disposición transitoria tercera
60 / 67En vigor desde 30 ene 2003
La Consellería de Medio Ambiente elaborará en el plazo de dos años el inventario de las fuentes de emisión, conforme a lo establecido en el artículo 17.
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Proeli/es-ga/l/2002/12/18/8#disposicion-transitoria-tercera