Título TÍTULO II
Art. 5
5 / 36En vigor desde 30 jul 2001
Las instalaciones objeto de esta Ley han de cumplir los niveles máximos de exposición, las distancias de seguridad y protección establecidas en los anexos 1, 2 y 3.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2001/06/28/8#art-5