Art. 11
Título TÍTULO III

Art. 11

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En vigor desde 30 jul 2001
Se crea la Comisión de Redes de Radiocomunicación adscrita a la Consejería de Ciencia y Tecnología que ejercerá las competencias atribuidas por esta Ley. Dicha Comisión estará compuesta por: Presidente: El Consejero de Ciencia y Tecnología. Vocales: El Director general de Salud Pública, el Director general de Medio Ambiente Natural y el Director general de Urbanismo y Vivienda. Secretario: El Director general de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información.
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eli/es-cm/l/2001/06/28/8#art-11