Capítulo CAPÍTULO III›Secc. SECCIÓN 2.a CONSEJOS ESCOLARES MUNICIPALES
Art. 27
27 / 35En vigor desde 4 jul 2001
El Consejo Escolar Municipal podrá, a iniciativa propia, elevar informes a la Administración competente sobre las cuestiones relativas al ámbito de aplicación de la presente Ley.
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Proeli/es-ex/l/2001/06/14/8#art-27