Capítulo CAPÍTULO II›Secc. SECCIÓN 7.a DEL SECRETARIO GENERAL
Art. 19
19 / 35En vigor desde 4 jul 2001
El Secretario general del Consejo Escolar de Extremadura será nombrada por el Consejero de la Junta de Extremadura competente por razón de la materia, de entre quienes ostenten la condición de funcionarios, oído el Presidente del Consejo Escolar de Extremadura.
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Proeli/es-ex/l/2001/06/14/8#art-19