Art. 67
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO I

Art. 67

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En vigor desde 19 ene 2001
Se crea el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha con el fin de proveer los servicios y gestionar los centros y establecimientos destinados a la atención sanitaria que le sean asignados, así como desarrollar los programas de salud que se le encomienden con el objetivo final de proteger y mejorar el nivel de salud de la población.
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eli/es-cm/l/2000/11/30/8#art-67