Art. 34
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 4.ª De las infracciones y sanciones

Art. 34

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En vigor desde 19 ene 2001
Constituyen infracciones sanitarias las acciones u omisiones tipificadas en la presente Ley, en otras disposiciones de la Comunidad Autónoma y en las normas del Estado que resultan de aplicación.
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eli/es-cm/l/2000/11/30/8#art-34