Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª De las infracciones y sanciones
Art. 34
35 / 92En vigor desde 19 ene 2001
Constituyen infracciones sanitarias las acciones u omisiones tipificadas en la presente Ley, en otras disposiciones de la Comunidad Autónoma y en las normas del Estado que resultan de aplicación.
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Proeli/es-cm/l/2000/11/30/8#art-34