Art. 1

Art. 1

1 / 8
En vigor desde 29 jun 2000
Se crea el Colegio Oficial de Logopedas de la Comunidad Valenciana, como corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2000/06/23/8#art-1