Art. 36
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 36

36 / 49
En vigor desde 7 may 1999
El régimen presupuestario de intervención y contabilidad de las comarcas será el establecido en la legislación sobre Haciendas Locales.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cb/l/1999/04/28/8#art-36