Art. 34
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 34

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En vigor desde 15 dic 1999
La formulación inicial y aprobación definitiva del Plan de Desarrollo Sostenible, así como sus revisiones y modificaciones, es competencia del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, a propuesta de la Consejería de Medio Ambiente.
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eli/es-an/l/1999/10/27/8#art-34