Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. Disposición derogatoria única
79 / 83En vigor desde 2 jul 1999
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Ley y expresamente la Ley 2/1992, de 10 de diciembre, de Ordenación y Disciplina en materia turística y el punto 2, del artículo 1, y el párrafo tercero del apartado a) del artículo 5, del Decreto 2/1988, de 12 de enero, de Ordenación turística de las Agencias de Viajes.
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Proeli/es-cm/l/1999/05/26/8#disposicion-derogatoria-unica