Art. 30
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. 30

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En vigor desde 2 jul 1999
Son entidades turísticas no empresariales aquellas que, sin ánimo de lucro, tienen por fin promover de alguna forma el desarrollo del turismo o de actividades turísticas determinadas.
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eli/es-cm/l/1999/05/26/8#art-30