Título TÍTULO V
Art. Disposición transitoria primera
98 / 106En vigor desde 28 ago 1998
Los espacios naturales que en la fecha de entrada en vigor de esta Ley se encuentren en proceso de tramitación para su declaración como espacios protegidos seguirán la tramitación ya iniciada, aplicable en virtud de la legislación entonces vigente.
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Proeli/es-ex/l/1998/06/26/8#disposicion-transitoria-primera