Art. 1
Título TÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 19 ene 1999
La presente Ley tiene como objeto regular la planificación, proyección, construcción, conservación, financiación, explotación y uso de las carreteras que discurran íntegramente por el territorio de Aragón y no sean de titularidad del Estado.
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eli/es-ar/l/1998/12/17/8#art-1