Art. Disposición transitoria cuarta
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición transitoria cuarta

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En vigor desde 28 mar 2012
1. (Anulado). 2. En las convocatorias correspondientes a dotaciones de personal laboral temporal existentes a 31 de diciembre de 1995 el sistema de selección será el de concurso libre. No obstante, de acuerdo con lo establecido en el convenio colectivo de aplicación al personal laboral, y en razón de las funciones y tareas a desempeñar, podrá exigirse además la superación de pruebas objetivas o teórico-prácticas que se determinen en las correspondientes convocatorias. En el concurso se valorarán, entre otros, los siguientes méritos, de conformidad con el baremo que se determine en la correspondiente orden de convocatoria: experiencia profesional, antigüedad en las distintas Administraciones Públicas, cursos de formación y perfeccionamiento y titulaciones académicas. Se declara la nulidad del apartado 1 por sentencia del TC 27/2012, de 1 de marzo. Ref. BOE-A-2012-4319 .

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Pro

eli/es-an/l/1997/12/23/8#disposicion-transitoria-cuarta