Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 81
83 / 109En vigor desde 24 ene 2026
1. (Derogado)
2. En los contratos de suministro de agua, gas y electricidad quedan exceptuados de prestar fianza la Administración de la Junta de Andalucía, sus organismos autónomos y demás entidades de Derecho Público dependientes de la misma, así como las Universidades públicas competencia de la Comunidad Autónoma.
Se deroga el apartado 1 por la disposición derogatoria única.e) de la Ley 5/2025, de 16 de diciembre. Ref. BOE-A-2026-423#dd
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/1997/12/23/8#art-81