Art. 73
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO V

Art. 73

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En vigor desde 1 ene 1998
Se modifica el número 1 del artículo 19 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, que queda redactado en los siguientes términos: «Artículo 19. 1. Los Cuerpos complementan los objetivos ordenadores de la relación de puestos de trabajo a efectos de la racionalización de las pruebas de acceso, de la determinación de la carrera administrativa y de la promoción interna.»
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eli/es-an/l/1997/12/23/8#art-73