Art. 3

Art. 3

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En vigor desde 20 ene 1997
Para la gestión del Parque Natural de Redes, y adscritos a la Consejería competente, se crean los siguientes órganos: Junta del parque. Comisión Rectora del parque. Conservador del parque.
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eli/es-as/l/1996/12/27/8#art-3