Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 22
22 / 110En vigor desde 9 nov 1995
1. El Inventario general del patrimonio cultural de Galicia lo conforman los bienes declarados de interés cultural, los catalogados y aquellos otros a que hace referencia el artículo 1.3 de la presente Ley y que, sin estar incluidos entre los anteriores, merezcan ser conservados.
2. Se crea el Inventario general del patrimonio cultural de Galicia, como instrumento básico de protección adscrito a la Consejería de Cultura.
3. El acceso al Inventario general del patrimonio cultural de Galicia será público, en la forma que reglamentariamente se establezca.
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Proeli/es-ga/l/1995/10/30/8#art-22