Art. 9
Capítulo CAPÍTULO CUARTO (NUEVO)

Art. 9

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En vigor desde 24 dic 2009
La participación de las Cortes Generales en la evaluación de las actividades de Eurojust y en supervisión política de Europol se realizará con carácter general a través de la Comisión Mixta para la Unión Europea y, en su caso, con la intervención de las comisiones legislativas competentes de cada Cámara. Se añade por el .5 de la Ley 24/2009, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-20724

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Pro

eli/es/l/1994/05/19/8#art-9-1