Capítulo CAPÍTULO III
Art. 12
12 / 20En vigor desde 21 ene 1988
La Consellería de Economía y Hacienda determinará la estructura y periodicidad de la cuenta a rendir ante la misma por los Centros docentes públicos no universitarios.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/1987/11/25/8#art-12