Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 10 dic 1987
1. La presente Ley tiene por objeto regular la composición y régimen de funcionamiento de los Jurados Territoriales de Expropiación Forzosa de Álava, Bizkaia y Guipúzcoa. 2. Los Jurados Territoriales de Expropiación, como Órganos Administrativos adscritos al Gobierno Vasco, entenderán y decidirán, dentro del ámbito territorial propio, sobre los expedientes de justiprecio que se produzcan en las expropiaciones que se lleven a cabo en el ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
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eli/es-pv/l/1987/11/20/8#art-1