Art. 25
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 25

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En vigor desde 12 may 1987
El presupuesto de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión se ajustará a lo establecido por la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, a las previsiones de las leyes de presupuestos de la Comunidad Autónoma y a las singularidades establecidas en la presente Ley.
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eli/es-ar/l/1987/04/15/8#art-25