Capítulo CAPÍTULO PRIMERO
Art. 1
1 / 10En vigor desde 30 jul 1986
La Asamblea de Madrid representa al pueblo de Madrid y es la suma de los Diputados electos por el mismo en las elecciones autonómicas. La condición y dignidad de Diputado de la Asamblea de Madrid es la de representante de los ciudadanos madrileños en la Asamblea de Madrid.
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Proeli/es-md/l/1986/07/23/8#art-1