Art. 1
1 / 8En vigor desde 3 dic 1985
La Junta de Extremadura comparece en juicio en el ejercicio de sus competencias gozando de las facultades y privilegios de la Administración del Estado en virtud de lo prevenido en el artículo 50 del Estatuto de Autonomía.
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Proeli/es-ex/l/1985/11/26/8#art-1