Art. 8
Título TÍTULO II

Art. 8

8 / 58
En vigor desde 17 ago 1985
De acuerdo con el artículo 11.4 del Estatuto de Autonomía de Galicia, la circunscripción electoral será la provincia.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/1985/08/13/8#art-8