Art. 13
Título TÍTULO V

Art. 13

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En vigor desde 13 dic 1984
Se prohíbe la utilización en la Bandera de la Comunidad Valenciana y en el Estandarte de la Generalidad Valenciana de cualesquiera símbolos o siglas de partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y demás asociaciones y entidades privadas correspondientes con los anteriores.
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