Art. Disposición final
5 / 5En vigor desde 14 may 1984
La presente Ley entrará en vigor en el día de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», siendo también publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/1984/04/25/8#disposicion-final