Título TÍTULO III
Art. Disposición final cuarta
97 / 109En vigor desde 14 dic 2024
El apartado 3 de la disposición transitoria tercera de la Ley 2/2024, de 11 de abril, de creación del Registro de Transparencia y Control del Patrimonio y de las Actividades de los Cargos Públicos de las Illes Balears, queda modificado de la siguiente manera:
«3. A solicitud de las entidades locales que hayan suscrito convenios y a los únicos efectos de la existencia de una plataforma para la presentación de las declaraciones, transitoriamente se podrán seguir aplicando las cláusulas referidas a esta cuestión de los convenios mencionados para establecer el uso del portal existente como mecanismo de presentación de las declaraciones.»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2024/12/11/7#disposicion-final-cuarta